miércoles, 2 de diciembre de 2020

Mecanismo de selección automatizada

El mecanismo que determinará si las mercancías se someterán a reconocimiento aduanero

El mecanismo de selección automatizado se activará con la presentación ante la aduana del dispositivo tecnológico o medio electrónico de que se trate, o bien del pedimento, aviso consolidado o documento aduanero, una vez activado el mecanismo de selección automatizado, se podrá efectuar la rectificación del pedimento

Si el mecanismo de selección automatizado determina que debe practicarse el reconocimiento aduanero, o bien, cuando se haya iniciado el ejercicio de facultades de comprobación, no procederá la rectificación del pedimento, sino hasta que concluyan dichos actos y la autoridad no haya encontrado alguna irregularidad sobre los datos asentados en el pedimento. 

Fundamento: 

ART 2,43, 89 Ley Aduanera



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