El mecanismo que determinará si las mercancías se someterán a reconocimiento aduanero
El mecanismo de selección automatizado se activará con la presentación ante la aduana del dispositivo tecnológico o medio electrónico de que se trate, o bien del pedimento, aviso consolidado o documento aduanero, una vez activado el mecanismo de selección automatizado, se podrá efectuar la rectificación del pedimento
Si el
mecanismo de selección automatizado determina que debe practicarse el
reconocimiento aduanero, o bien, cuando se haya iniciado el ejercicio de
facultades de comprobación, no procederá la rectificación del pedimento, sino
hasta que concluyan dichos actos y la autoridad no haya encontrado alguna
irregularidad sobre los datos asentados en el pedimento.
Fundamento:
ART 2,43, 89 Ley Aduanera
No hay comentarios:
Publicar un comentario