Los importadores, exportadores, agentes aduanales, agencias aduanales, confederaciones, cámaras o asociaciones, podrán formular consulta sobre la clasificación arancelaria y el número de identificación comercial de las mercancías objeto de la operación de comercio exterior,
En cualquier momento se podrá presentar consulta a las autoridades aduaneras para conocer la clasificación arancelaria y el número de identificación comercial, de las mercancías, que pretendan importar o exportar.
Fundamento
ART 47, 155 Ley Aduanera
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